Las fiscalías populares son los órganos estatales de supervisión de la aplicación de la ley. El Estado instituye la Fiscalía Popular Suprema, las fiscalías populares territoriales de los diversos niveles y las fiscalías populares especiales, incluidas las fiscalías militares.
La Fiscalía Popular Suprema (FPS) es el órgano fiscalizador supremo del Estado. Responde e informa de su labor ante la APN y su Comité Permanente. Según la ley ejerce de manera independiente el poder de fiscalía supremo, libre de la injerencia de cualquier órgano ejecutivo, organización social o individuo.
De acuerdo con lo estipulado en la Constitución y la ley, la atribución principal de la FPS consiste en dirigir el trabajo de las fiscalías populares territoriales de los diversos niveles y de las fiscalías especiales; dar por ley vista directa a los casos penales de desfalco, soborno, infracción de los derechos democráticos de los ciudadanos y prevaricato, formalizar estos casos para la investigación y decidir si es necesario presentar acusación; ejercer según la ley la supervisión jurídica sobre los juicios y las investigaciones de los tribunales en relación con los casos penales; examinar y aprobar según la ley los arrestos y las acusaciones relacionados con los delitos penales importantes; practicar la supervisión jurídica del desarrollo del juicio de los casos penales; interponer, según la ley, ante el Tribunal Popular Supremo protestas contra los veredictos y fallos erróneos de los tribunales populares de las diversas instancias que hayan entrado en efecto; practicar por ley la supervisión de las actividades desarrolladas en las prisiones y reformatorios; hacer interpretaciones judiciales de los problemas relativos a las leyes de aplicación apropiada concreta surgidos en la labor fiscal; y organizar las gestiones de los organismos fiscalizadores con el exterior y desarrollar la asistencia judicial pertinente.
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