Se refiere a lo siguiente:
a. Intensificar los pagos de transferencia ordinarios para el Oeste, en especial para las zonas étnicas.
b. Los subsidios de fondos especiales realizados por la hacienda central a las territoriales deben inclinarse hacia las regiones occidentales.
c. Los fondos de la hacienda central de ayuda a los indigentes deben destinarse prioritariamente a las zonas pobres occidentales.
d. Ejecutar el programa de protección de bosques naturales, con el apoyo del Estado en la inversión en construcción, subsidios fiscales especiales y subsidios a las haciendas territoriales por su reducción de ingresos.
e. Emprender el ensayo de la devolución de tierras de cultivo a la silvicultura y a la praticultura.
f. La hacienda central concederá subsidios adecuados de acuerdo con los métodos reglamentados de pagos de transferencia a los cantones y poblados que, en la aplicación del ensayo de la reforma tributaria y tarifaria rural, se encuentran en dificultad financiera a causa de la reforma y son incapaces de superar la dificultad por sí mismos.