Artículo 21. La Conferencia Nacional del Partido tiene como competencias discutir y decidir sobre importantes cuestiones y reajustar o elegir a título adicional miembros del Comité Central y de la Comisión Central de Control Disciplinario. El número de miembros tanto titulares como suplentes del Comité Central sometidos al reajuste o elección adicional no podrá ser superior a la quinta parte de aquellos que haya elegido el Congreso Nacional del Partido.
Artículo 22. El Comité Central del Partido se renueva cada cinco años, periodo de mandato que podrá variar en la medida en que se adelante o aplace la celebración del Congreso Nacional. Para ser miembro titular o suplente del Comité Central uno debe tener una antigüedad mínima de cinco años de militancia, y la determinación del número de ambos compete al Congreso Nacional. Las vacantes que se produzcan entre los miembros titulares serán cubiertas por los suplentes según un orden de prelación establecido con arreglo al número de sus votos favorables.
El pleno del Comité Central se convoca por su Buró Político y se celebra al menos una vez al año. El Buró Político rinde cuentas de su labor ante el pleno y se somete a su supervisión.
Durante el periodo entre Congresos Nacionales, el Comité Central ejecuta sus resoluciones, dirige toda la labor del Partido y representa al Partido Comunista de China en sus relaciones externas.
Artículo 23. Compete al Comité Central en pleno elegir a su secretario general y a su Buró Político y el Comité Permanente de este. El secretario general debe provenir de los miembros del Comité Permanente.
El Buró Político y su Comité Permanente ejercen las funciones del Comité Central entre uno y otro pleno de este.
El Secretariado Central es el órgano operativo del Buró Político y de su Comité Permanente; sus integrantes son propuestos por este y aprobados por el pleno del Comité Central.
Al secretario general del Comité Central le incumbe convocar las reuniones del Buró Político y su Comité Permanente y presidir la labor del Secretariado Central.
Corresponde al Comité Central determinar los integrantes de la Comisión Militar Central del Partido, y esta aplica el sistema de responsabilidad del presidente.
Los órganos y cargos dirigentes de nivel central elegidos por el Comité Central de cada mandato continuarán rigiendo el trabajo cotidiano del Partido durante el siguiente Congreso Nacional en sesión, hasta que el Comité Central ulterior haya constituido unos nuevos.
Artículo 24. Los organismos del Partido en el Ejército Popular de Liberación de China funcionan de acuerdo con las instrucciones del Comité Central. La Comisión Militar Central se encarga de la labor del Partido y la gestión política en las Fuerzas Armadas y prescribe el régimen organizativo y los órganos del Partido en el Ejército.
Capítulo IV
LOS ORGANISMOS TERRITORIALES DEL PARTIDO
Artículo 25. Tienen lugar cada cinco años los congresos del Partido de las provincias, las regiones autónomas y los municipios directamente subordinados al PoderCentral, de los municipios con división distrital urbana y las prefectura autónomas, de los distritos o banderas, distritos autónomos, municipios sin división distrital urbana y de los distritos urbanos bajo jurisdicción municipal.
Los congresos del Partido de los distintos niveles territoriales son convocados por los comités de sus instancias. En casos excepcionales se podrá anticipar o aplazar su celebración, previa ratificación del comité inmediatamente superior.
El número de delegados a los diferentes congresos territoriales y el método de elegirlos serán decididos por los propios comités de cada instancia y sometidos a la ratificación del comité inmediatamente superior.
Artículo 26. Las competencias del congreso del Partido de cada nivel territorial son:
1) Escuchar y examinar el informe de su comité correspondiente;
2) Examinar el informe de la comisión de control disciplinario de su instancia;
3) Discutir los asuntos de mayor trascendencia en su territorio y adoptar resoluciones correspondientes, y
4) Elegir el comité del Partido y la comisión de control disciplinario del mismo nivel.
Artículo 27. Los comités del Partido de las provincias, las regiones autónomas y los municipios directamente subordinados al PoderCentral y de los municipios con división distrital urbana y las prefecturas autónomas se renuevan cada cinco años. Sus miembros titulares y suplentes deben llevar más de cinco años como militantes.
Los comités del Partido de los distritos o banderas, los distritos autónomos, los municipios sin división distrital urbana y los distritos urbanos bajo jurisdicción municipal se renuevan cada cinco años. Sus miembros titulares y suplentes deben contar con más de tres años de militancia.
Si se adelantara o aplazara la convocatoria de cualquier congreso territorial del Partido, variará de forma correspondiente el periodo de mandato del comité del Partido por él elegido.
El número de miembros titulares y suplentes de los comités del Partido de cada instancia territorial será determinado por el comité inmediatamente superior. Las vacantes que se produzcan entre sus miembros titulares se cubrirán por los suplentes de acuerdo con un orden de prioridad establecido según el número de sus votos favorables. (Continúa)