spanish.china.org.cn | 25. 03. 2025 | Editor:Eva Yu | ![]() |
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Bruselas declara ilegales las ayudas a renovables y salva a España del pago de 1.700 millones a los fondos
La Comisión Europea acaba de tomar una decisión clave en la batalla que enfrenta a los fondos de renovables con el Gobierno español y en el que están en juego alrededor de 1.700 millones. El Ejecutivo comunitario ha concluido que un laudo arbitral que obliga a España a compensar con 101 millones de euros a Antin Infrastructure Services por la modificación de un esquema de apoyo a la electricidad renovable constituye una ayuda de estado ilegal. Esta decisión implica que España no podrá ejecutar ni realizar ningún pago derivado de dicho laudo y podría afectar al resto de procesos intraeuropeos, según explica el Ministerio de Transición Ecológica.
España cuenta con unas obligaciones de pago de 1.478 millones y 357 millones en intereses, según los cálculos llevados a cabo por la Autoridad Independiente de Responsabilidad fiscal (Airef), a los que afecta la decisión de declarar ilegales las primas a las energías renovables.
Según explica la Comisión, en junio de 2018, un tribunal arbitral determinó que España violó el Tratado sobre la Carta de la Energía (ECT, por sus siglas en inglés) al modificar en 2013 un régimen establecido en 2007 para apoyar la generación eléctrica con fuentes renovables. Antin, inversor con sede en Luxemburgo y Países Bajos, alegó daños debido a la alteración del marco regulatorio y obtuvo el laudo que ahora ha sido vetado por Bruselas.
Tras una investigación en profundidad iniciada en julio de 2021, la Comisión Europea ha determinado que dicho laudo constituye una ayuda estatal incompatible con el mercado interior europeo. Bruselas recalca que los arbitrajes intra-UE —aquellos en los que una empresa de un Estado miembro demanda a otro Estado miembro— vulneran la autonomía del ordenamiento jurídico comunitario y la jurisdicción exclusiva del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Consecuencias legales
Esta decisión se alinea con los recientes fallos del TJUE en los casos Achmea (2018) y Komstroy (2021), donde se estableció que los mecanismos arbitrales intra-UE previstos por tratados bilaterales de inversión o por el ECT no tienen validez dentro de la Unión Europea.
España, por lo tanto, tiene la obligación legal de no realizar pagos ni permitir la ejecución del laudo en terceros países, y los tribunales nacionales deben colaborar para garantizar el cumplimiento de esta resolución. La Comisión aclaró que, dado que aún no se había efectuado pago alguno, no se requerirá la recuperación de fondos.
Asimismo, la Comisión recuerda que los inversores tienen otras vías legales dentro de la Unión para defender sus derechos, como acudir a los tribunales nacionales o impugnar directamente ante el Tribunal General de la Unión Europea cualquier decisión que consideren perjudicial.
La decisión refuerza el principio de que la protección de inversiones en la UE debe ejercerse dentro del marco jurídico europeo, descartando la validez de los arbitrajes privados intra-comunitarios que cuestionen la soberanía legal y el principio de confianza mutua entre Estados miembros.
España valora positivamente esta medida, puesto que confirma la posición que mantiene en la oposición al reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales intraeuropeos, derivados de arbitrajes iniciados por inversores de un Estado Miembro de la UE frente a otro Estado Miembro de la UE.
La Decisión será invocada por España en las distintas jurisdicciones extranjeras donde el país, en cumplimiento del derecho de la UE, se está oponiendo judicialmente al reconocimiento y ejecución de laudos arbitrales intraeuropeos. España espera que tales tribunales respeten la Decisión de la Comisión Europea, única institución competente para decidir sobre ayudas de estado.
Al amparo del Tratado de la Carta de la Energía, los inversores internacionales han presentado 51 arbitrajes contra el Reino de España por los recortes aplicados a las renovables, con reclamaciones que suman 10.635 millones. Un total de 43 se han fallado; diez se han ganado; tres se han anulado; tres demandantes han desistido, acogiéndose al marco establecido por el RDL 17/19, y otros ocho están pendientes de laudo.
El Gobierno ha adoptado una estrategia de defensa de los intereses del Estado frente a las demandas de las empresas inversoras a través de la actuación de la Abogacía del Estado, consistente en agotar todas las vías procesales disponibles. Gracias a esta estrategia, además de evitar el efecto llamada que podría provocar la falta de actuación procesal frente a las demandas de las instalaciones afectadas, se está consiguiendo un notable éxito.
Además de los laudos totalmente ganados y los anulados, España ha conseguido que los tribunales arbitrales rebajen sustancialmente las indemnizaciones reclamadas, hasta el punto de que dicha rebaja es del 85% sobre lo demandado, una proporción muy alta en la práctica habitual de los arbitrajes, y que, además, sigue una tendencia descendente: los nuevos laudos otorgan compensaciones cada vez más bajas: las indemnizaciones reconocidas ascienden a 1.514 millones.
Fuente: Eleconomista.es
