spanish.china.org.cn | 29. 03. 2021 | Editor:Sonia Texto

Texto íntegro de Estatutos del Partido Comunista de China (9)

Palabras clave: China, PCCh

Capítulo VI

DE LOS CUADROS DEL PARTIDO

Artículo 33. Los cuadros delPartido son la fuerza vertebral para la causa de éste y servidoresdel pueblo. El Partido los selecciona de acuerdo con el principiode consideración simultánea de la integridad moral y la competenciaprofesional con prioridad conferida a aquélla, y persistiendo en elempleo de personas sin distinción de procedencia y el nombramientopor méritos en oposición al favoritismo, en un esfuerzo pormaterializar la revolucionarización, rejuvenecimiento, dotación deamplios conocimientos y especialización de su contingente.

El Partido concede importancia a laeducación, capacitación, selección, evaluación y supervisión decuadros, y en especial a que se preparen y seleccionen cuadrosjóvenes sobresalientes. Impulsa activamente, asimismo, la reformadel sistema de cuadros.

También presta atención a lapreparación y selección de cuadros entre las mujeres y en lasminorías étnicas.

Artículo 34. Los cuadros dirigentesdel Partido en los distintos niveles tienen que cumplir de modoejemplar con los diversos deberes que estipula para los militantesel Artículo 3 de los presentes Estatutos, y reunir, además, lossiguientes requisitos básicos:

1) Poseer el nivel enmarxismo-leninismo, pensamiento de Mao Zedong y teoría de DengXiaoping necesario para el ejercicio de sus atribuciones, practicara conciencia el importante pensamiento de la triplerepresentatividad, ser los primeros en aplicar la concepcióncientífica del desarrollo, esforzarse por analizar y resolver losproblemas prácticos adoptando la posición, el punto de vista y elmétodo marxistas, acentuar con persistencia el estudio, la políticay la integridad moral, y ser capaces de superar la prueba de todotipo de dificultades y peligros;

2) Poseer el elevado ideal delcomunismo y la firme fe en el socialismo con peculiaridades chinas,aplicar resueltamente la línea fundamental y las diversasdirectrices y políticas del Partido, tener afianzada ladeterminación de llevar adelante la reforma y la apertura,entregarse a la causa de la modernización, acometer enconadasactividades emprendedoras en la construcción socialista, yestablecer un correcto concepto de los méritos administrativos parahacer éstos en forma efectiva y con resistencia a la prueba de lapráctica, del pueblo y de la historia;

3) Insistir en emancipar la mente,buscar la verdad en los hechos, avanzar con los tiempos, procedercon ánimo emprendedor e innovador, investigar y estudiar aconciencia, saber conjugar las directrices y políticas del Partidocon la realidad de los territorios o departamentos donde actúan,llevar a cabo trabajos fructíferos, decir la verdad, hacer cosasreales, procurar resultados efectivos y oponerse al formalismo;

4) Tener una vehemente devoción ala causa revolucionaria y un fuerte sentido de la responsabilidadpolítica, y contar con experiencia práctica y con la capacidadorganizativa, el nivel cultural y los conocimientos especializadosnecesarios para ser competentes en el trabajo de dirección;

5) Ejercer correctamente lasfacultades otorgadas por el pueblo, persistir en los principios,manejar los asuntos según la ley, ser honestos e íntegros,desempeñar con diligencia las funciones públicas en interés de lasgentes, dar ejemplo con la propia conducta, trabajar duro y llevaruna vida sencilla, mantener estrechos vínculos con las masas,perseverar en la línea de masas del Partido, someterseconscientemente a la crítica y la supervisión del Partido y de lasmasas, reforzarse en formación moral, atenerse al espíritupartidista, prestar atención a la conducta y actuar conejemplaridad, conducirse con autoestima, introspección,autoadmonición y aliento a sí mismos, y combatir el burocratismo ytoda práctica malsana como el abuso de atribuciones o lapersecución de intereses egoístas, y

6) Mantener y salvaguardar elcentralismo democrático del Partido, proceder con espíritudemocrático, guardar una visión de conjunto y saber adherirse a loscamaradas, incluidos aquellos que sostengan opiniones distintas alas propias, para actuar todos unidos en el trabajo.

Artículo 35. Los cuadros militanteshan de saber cooperar o trabajar conjuntamente con los nopertenecientes al Partido, respetarlos y con modestia aprender desus puntos fuertes.

Los organismos del Partido en todoslos niveles deben saber descubrir y recomendar para cargos dedirección a aquellos cuadros no militantes que sean realmentecompetentes y cualificados, garantizarles el ejercicio efectivo delas atribuciones que se les confieran y poner en pleno juego elpapel que les corresponde.

Artículo 36. Los cargos que ocupanlos cuadros dirigentes del Partido en los distintos niveles, yasean elegidos en forma democrática o nombrados por órganos dedirección, no son vitalicios, sino reemplazables y removibles.

Los cuadros que se vean impropiospor razones de edad o salud para proseguir en su labor deberánjubilarse o retirarse de conformidad con las estipulaciones delEstado.

Capítulo VII

DISCIPLINA DEL PARTIDO

Artículo 37. La disciplina delPartido, la norma de conducta que han de observar sus organismos enlos diversos niveles y todos sus miembros, constituye una garantíapara preservar su cohesión y unidad y cumplir sus tareas. Losorganismos del Partido tienen la obligación de aplicarla con rigory defenderla, y los militantes, la de sujetarse conscientemente aella.

Artículo 38. A los militantes quehayan infringido la disciplina del Partido, los organismos de éstedeberán criticarlos, educarlos e incluso imponerles sancionesdisciplinarias según el carácter de las faltas cometidas y lagravedad de las circunstancias y a partir del espíritu de sacarlecciones de los errores pasados para evitarlos en el futuro ytratar la enfermedad para salvar al paciente.

Los militantes que hayan violadoseriamente el código penal tendrán que ser expulsados delPartido.

Dentro de la organización seprohíbe de modo tajante tratar a sus miembros por medios contrariosa sus Estatutos y la legislación estatal, represaliarlos ydirigirles acusaciones falsas o imputaciones insidiosas. Se imponeexigir responsabilidad de acuerdo con la disciplina del Partido yla legislación estatal a cualquier organismo o individuo quequebrante esta disposición.

Artículo 39. Las sancionesdisciplinarias son de cinco categorías: amonestación, amonestaciónsevera, destitución del cargo en el Partido, permanenciacondicional en el Partido bajo observación y expulsión.

El plazo de permanencia condicionalbajo observación no excederá de dos años. Durante este periodo elmilitante implicado no tendrá los derechos de votar, elegir y serelegido. Se le restituirán éstos si con la permanencia condicionalse ha corregido de veras, mientras que se expulsará del Partido aaquel que mantenga sin enmendar sus errores.

La expulsión es la máxima sancióndentro del Partido. Al decidir o ratificar la expulsión de unmiembro, los organismos del Partido pertinentes en todos losniveles deberán adoptar una actitud sumamente prudente, estudiandoen su integridad los materiales y opiniones concernientes.

Artículo 40. La sancióndisciplinaria que se aplique a un militante será decidida mediantediscusión en la asamblea de célula y sometida para ratificación alcomité de base del Partido o bien, para examen y visto bueno si setrata de un problema relativamente importante o complejo o de unaexpulsión, a la comisión de control disciplinario de niveldistrital o superior, según corresponda. En casos excepcionales,los comités del Partido y las comisiones de control disciplinariode los niveles desde el distrital para arriba están facultados paradecidir directamente una sanción disciplinaria a un militante.

La sanción de destitución del cargoen el Partido, permanencia condicional bajo observación o expulsióndel Partido que se aplique a un miembro titular o suplente delComité Central o de cualquier comité territorial ha de decidirsepor la mayoría de más de dos tercios del pleno del comité encuestión; en circunstancias excepcionales podrá decidirla primeroel Buró Político del Comité Central o la comisión permanente delcomité territorial pertinente, para que sea revalidada en formaretroactiva cuando el comité concernido se reúna en pleno. Si setrata de un miembro titular o suplente de un comité territorial,esta sanción deberá someterse a ratificación del comité superiordel Partido.

La decisión de expulsar del Partidoa un miembro titular o suplente de los comités que haya violadogravemente el código penal incumbe, en el caso del Comité Central,a su Buró Político, y en el de los comités de los distintos nivelesterritoriales, a sus respectivas comisiones permanentes.

Artículo 41. Al decidir sancionar aun militante, el organismo pertinente del Partido deberá comprobarlos hechos de manera objetiva. Ha de darle a conocer la decisiónjunto con los hechos y datos en los que la ha basado, y escucharleaclaraciones o justificaciones en defensa propia. En caso dedisconformidad con la decisión, el militante podrá formularapelación y el organismo concerniente del Partido tendrá que asumirla responsabilidad de atenderla o remitirla con celeridad, sin quese le permita retención alguna. Será preciso criticar y educar alos que realmente insistan en opiniones erróneas o demandasinjustificadas. (Contin

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