La igualdad, la unidad, la ayuda mutua y la prosperidad conjunta son los principios básicos, según los cuales el Gobierno chino trata las relaciones étnicas. Basándose en estos principios, China aplica un sistema de autonomía regional de minorías étnicas. Es decir, bajo la dirección unificada del Estado, con las regiones donde las minorías étnicas viven en comunidad compacta como base, los correspondientes organismos autonómicos ejercen el derecho de autonomía; las minorías étnicas son dueñas de su propio destino y administran sus propios asuntos internos; el Estado forma y prepara a los cuadros y técnicos profesionales de las minorías étnicas en los centros docentes superiores normales, en las universidades e institutos de minorías étnicas y en las escuelas para cuadros de minorías étnicas; el Gobierno Central apoya a las regiones autonómicas de minorías étnicas en el terreno financiero, proporcionando los elementos necesarios para su desarrollo económico y cultural. La Ley de Autonomía Regional de Minorías Etnicas, aprobada en 1984 en la II Sesión de la VI Asamblea Popular Nacional, es la ley básica que garantiza el ejercicio de esta autonomía. En todo el país se han establecido cinco regiones autónomas, a saber: la región autónoma de Mongolia Interior, la región autónoma uigur de Xinjiang, la región autónoma de la etnia zhuang de Guangxi, la región autónoma de la etnia hui de Ningxia y la región autónoma de Tíbet, además de 30 prefecturas autónomas y 120 distritos (banderas) autónomos, así como más de 1.300 cantones de minorías étnicas. Los organismos autonómicos de estas zonas autónomas son sus respectivas asambleas populares y gobiernos populares. Los cargos de presidente o vicepresidentes de los comités permanentes de las asambleas populares y presidente del gobierno popular de estos lugares corresponden a ciudadanos de la etnia o etnias que ejercen dicha autonomía.
Los organismos autonómicos de las zonas de autonomía étnica, además de ejercer los poderes de los organismos estatales locales del mismo nivel, gozan de amplios derechos autonómicos. En conformidad con las características políticas, económicas y culturales propias de cada lugar, dichos organismos adoptan disposiciones de autonomía y estatutos específicos; deciden autonómicamente el uso de la renta fiscal que pertenece al lugar; determinan y administran, de manera autonómica, el desarrollo de la economía, la educación, la ciencia, la cultura, la sanidad y los deportes de su propia localidad; protegen e investigan el patrimonio cultural étnico; desarrollan y fomentan las culturas étnicas.