Las asambleas populares y sus comités permanentes siguen determinadas formas y procedimientos para aplicar eficazmente diversos sistemas de supervisión. Estos incluyen:
•Sistema de escucha, examen y discusión de los informes de trabajo.
Escuchar, examinar y discutir los informes de trabajo o sobre temas especiales presentados por los gobiernos, los tribunales y las fiscalías constituye la forma fundamental para llevar a cabo una supervisión completa por parte de los órganos del poder estatal sobre el trabajo de dichas entidades. Se han elaborado también leyes sobre este sistema de supervisión, logrando progresos en la reglamentación y la institucionalización al respecto.
•Sistema de examen y ratificación de planes y presupuestos.
Examinar y ratificar el plan de desarrollo económico y social y los informes sobre su ejecución, así como los presupuestos del Estado y los informes sobre su ejecución, constituye un aspecto importante de la supervisión sobre la labor del gobierno por parte de las asambleas populares. Una vez aprobados el plan y los presupuestos, los gobiernos deben respetarlos y aplicarlos.
•Sistema de examen de los documentos reglamentados.
De acuerdo con la Constitución, el Comité Permanente de la APN tiene derecho a revocar las disposiciones administrativas, decisiones y órdenes elaboradas por el Consejo de Estado que contradigan la Constitución o las demás leyes, y las disposiciones y resoluciones de carácter local elaboradas por los organismos del poder estatal de las provincias, las regiones autónomas y los municipios bajo jurisdicción central que contradigan la Constitución, las demás leyes y las disposiciones administrativas.
Las asambleas populares locales del nivel distrital y de niveles superiores tienen el derecho de modificar o anular las decisiones inadecuadas tomadas por los comités permanentes de las asambleas populares de sus respectivos niveles, y las decisiones y órdenes inadecuadas de los gobiernos populares de sus respectivos niveles.
Las asambleas populares de los niveles de cantón y poblado tienen el derecho de anular las decisiones y órdenes inadecuadas tomadas por los gobiernos populares de los niveles de cantón, cantón de minorías étnicas y poblado.
Los comités permanentes de las asambleas populares locales del nivel distrital y de niveles superiores tienen el derecho de revocar las decisiones inadecuadas de la asamblea popular del nivel inmediato inferior y de su comité permanente, y las decisiones y órdenes inadecuadas de los gobiernos populares de sus respectivos niveles.
•Sistema de inspección y supervisión sobre la ejecución de la ley.
La inspección y supervisión sobre la ejecución de la ley tiene por objetivo urgir a los gobiernos, los tribunales y las fiscalías a resolver oportunamente los problemas existentes en el proceso de dicha ejecución. Escuchar los informes sobre esa inspección y supervisión y examinarlos y discutirlos forma parte del orden del día de las sesiones de los comités permanentes de las asambleas populares. En cuanto a dichos informes y las opiniones de los comités permanentes, los organismos encargados de la ejecución de la ley deben mejorar su trabajo en tiempo establecido, rindiéndoles cuentas oportunas de las medidas y los resultados al respecto.
•Sistema de quejas, acusaciones y denuncias.
La Constitución establece que el ciudadano tiene derecho a presentar quejas, acusaciones o denuncias ante los organismos correspondientes del Estado contra cualquier entidad del Estado o sus funcionarios que hayan infringido la ley o faltado a sus deberes. Los comités permanentes de las asambleas populares del nivel distrital y de niveles superiores pueden atender las quejas y opiniones presentadas por las masas populares contra los gobiernos, los tribunales y las fiscalías y sus funcionarios.
•Sistema de preguntas e interpelaciones.
Cuando la APN examina y discute un proyecto, los diputados pueden formular preguntas a los organismos pertinentes del Estado; éstos deben enviar a personas para que den explicaciones en las sesiones de grupos o de delegaciones. Durante el período de las sesiones de la APN, una delegación o más de 30 diputados conjuntos pueden formular por escrito interpelaciones al Consejo de Estado y los Ministerios, y el Presidium decide si se debe entregarlas al organismo interpelado para obtener una respuesta escrita o pedir al dirigente de dicho organismo que haga una respuesta oral en la sesión del Presidium, o en la de la Comisión Especial pertinente o en la de la delegación correspondiente. Durante el período de sesiones del Comité Permanente, más de 10 personas organizadas por éste pueden presentar por escrito interpelaciones al Consejo de Estado o a los Ministerios y Comisiones subordinados a éste, así como al Tribunal Popular Supremo y a la Fiscalía Popular Suprema; en la sesión del Presidente de la APN se decide si deben entregar estas interpelaciones al organismo interpelado para obtener una respuesta escrita o pedir al dirigente de dicho organismo que emita una respuesta oral en la sesión del Comité Permanente o en la de la Comisión Especial pertinente.
Además, las asambleas populares y sus comités permanentes instituyen también sistemas de investigación de casos específicos y de destitución.
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