(1) Contribuyentes
Los contribuyentes del impuesto comercial incluyen a las entidades, unidades, actividades económicas individuales y otros, cuya ocupación sea la prestación de servicios fiscales, traslado de inmovilizaciones inmateriales o ventas de propiedades inamovibles dentro del territorio de la República Popular de China.
(2) Hechos imponibles y tipo de gravamen
Tabla de hechos imponibles del impuesto comercial y tasas
Hechos imponibles |
Tipos de gravamen |
1. comunicaciones y transportes |
3% |
2. construcción |
3% |
3. negocio financiero y de seguros |
8% |
4. telecomunicación y postal |
3% |
5. cultura y deportes |
3% |
6. espectáculos |
5%-20% |
7. servicios |
5% |
8. traslado de inmovilizaciones inmateriales |
5% |
9. venta de propiedades inamovibles |
5% |
(3) Cómputo del impuesto
La carga de impuesto comercial es igual al número de facturaciones por el tipo de gravamen aplicable. La fórmula para computar es la siguiente:
Impuesto = facturación x tipo de gravamen aplicable
(4) Exenciones fiscales
El impuesto comercial puede ser exento por: servicios de enfermería que proporcionen enfermeras; guarderías; residencias geriátricas; instituciones benéficas para minusválidos; servicios funerales y agencias matrimoniales. Servicios que proporcionan ayuda a los minusválidos; servicios médicos proporcionados por hospitales; clínicas y otras instituciones médicas; servicios de educación proporcionados por escuelas y otras instituciones de educación, y servicios proporcionados por estudiantes de trabajo a media jornada; maquinaria agrícola, de irrigación y drenaje; prevención y tratamiento de enfermedades de plantas y plagas de insectos; protección de plantas; seguro de animales y granjas; servicios de formación técnica; cría y prevención de enfermedades y tratamiento de aves de corral; ganado y animales acuáticos; entradas para actividades culturales proporcionadas por el auditorio, museo, centro cultural, galería de arte, sala de exposiciones, academia de pintura y caligrafía, librería y departamentos para la protección de la cultura; entradas para actividades culturales y religiosas que tengan lugar en establecimientos locales religiosos.