1) Contribuyentes
Por contribuyentes del Impuesto de Escritura se refiere a las empresas, las entidades, los negocios de gestión casera y otros individuos que aceptan la transferencia de la propiedad de inmueble en territorio chino.
2) Base imponible
Normalmente el Impuesto de Escritura se origina de uno de los siguientes casos:
a. El precio de transacción en caso de venta/compra de casas o venta del derecho de uso de tierra de propiedad estatal;
b. Valoración hecha por las oficinas de recaudación tributaria en referencia al precio de mercado de la venta del derecho de uso de tierra o venta de casa en caso de transferencia del derecho de uso de tierra o casa como obsequio; o
c. Diferencia entre el precio del derecho de uso de tierra y el precio de casa en caso de intercambio del derecho de uso de tierra y de la casa.
3) Tasas de impuesto y cálculo del impuesto pagadero
El Impuesto de Escritura adopta tasas por orden, que van del 3% al 5%. La tasa aplicable a nivel provincial se determina dentro del porcentaje mencionado por el gobierno provincial. La fórmula para calcular el impuesto pagadero es:
Impuesto pagadero = Base imponible × Tasa aplicable
4) Exenciones y reducciones principales
Las exenciones del Impuesto de Escritura pueden darse a las tierras y casas recibidas por los órganos gubernamentales, las instituciones, las organizaciones sociales y las unidades militares para usos de oficina, conferencias, tratamiento médico, investigación científica e instalaciones militares; a los edificios de propiedad estatal comprados por primera vez por empleados que viven en las ciudades y poblados de conformidad con los reglamentos pertinentes; al derecho de uso de montañas baldías, valles baldíos, colinas baldías y/o playas baldías recibidos para usos en la agricultura, la silvicultura, la ganadería y/o la piscicultura; y a las organizaciones diplomáticas y personal cubiertos por los reglamentos pertinentes para la exención tributaria. Las viviendas compradas debido a la pérdida de casa por la fuerza mayor pueden gozar de la reducción o exención del impuesto.