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¿Cuáles son las funciones del Comité Permanente de la APN?

De acuerdo con la Constitución y la Ley Orgánica de la Asamblea Popular Nacional, el Comité Permanente de ésta ejerce las siguientes funciones:

1. Poder legislativo. El Comité Permanente de la APN, junto con ésta, ejerce el poder legislativo. Esto consiste principalmente en elaborar y reformar todas las leyes, excepto las que deban ser elaboradas por la APN; complementar y modificar en forma parcial, en el tiempo comprendido entre los períodos de sesiones de la APN, las leyes elaboradas por ésta, pero sin contradecir los principios fundamentales de estas leyes. De esta manera, excepto la Constitución y otras leyes básicas, el Comité Permanente de la APN asume gran cantidad de trabajos legislativos.

2. Poder de interpretación de la Constitución y las demás leyes. Esta es una interpretación que se hace desde el punto de vista legislativo para aclarar en mayor grado las pautas y límites de los artículos y cláusulas de las leyes o hacer las disposiciones complementarias. De esta manera, se facilitará la respuesta y la solución de los problemas surgidos durante la ejecución de la Constitución y las demás leyes, para asegurar un correcto cumplimiento de los mismos.

3. Poder de supervisión del cumplimiento de la Constitución. La vigente Constitución, además de estipular que la APN debe supervisar el cumplimiento de la Constitución, confiere también a su Comité Permanente el mismo poder. Como organismo permanente de la APN, el Comité Permanente, al cumplir esta función, facilita la supervisión constante sobre la ejecución de la Constitución, lo que reviste un significado importante para asegurar esta ejecución.

4. Poder de supervisión del trabajo de otros organismos del Estado. El Comité Permanente de la APN supervisa el trabajo del Consejo de Estado, la Comisión Militar Central, el Tribunal Popular Supremo y la Fiscalía Popular Suprema; revoca las disposiciones administrativas, decisiones y órdenes elaboradas por el Consejo de Estado que contradigan la Constitución o las demás leyes, y las disposiciones y resoluciones de carácter local elaboradas por los organismos del poder estatal de las provincias, las regiones autónomas y los municipios bajo jurisdicción central que contradigan la Constitución, las leyes y las disposiciones administrativas.

5. Poder de nombramiento o destitución de funcionarios de otros organismos del Estado. Decide, en el tiempo comprendido entre los períodos de sesiones de la APN, el nombramiento de los titulares de los Ministerios y Comisiones, el Auditor General y el Secretario General a propuesta del Primer Ministro del Consejo de Estado; decide, en el tiempo comprendido entre los períodos de sesiones de la APN y a propuesta del Presidente de la Comisión Militar Central, el nombramiento de los demás integrantes de la misma; nombra o destituye, a propuesta del Presiente del Tribunal Popular Supremo, a sus vicepresidentes, jueces y miembros del jurado, así como al Presidente del Tribunal Militar; nombra o destituye, a propuesta del Fiscal General de la Fiscalía Popular Suprema, los fiscales generales adjuntos, los fiscales y los miembros de la comisión fiscalizadora y el Fiscal General de la Fiscalía Militar; ratifica el nombramiento o la destitución de los fiscales generales de las fiscalías populares de las provincias, las regiones autónomas y los municipios bajo jurisdicción central, y decide el nombramiento o la remoción de los representantes plenipotenciarios de la Nación en otros Estados.

6. Poder de decisión de los importantes asuntos en la vida política del Estado. Consiste en acordar la ratificación o la anulación de los tratados y los acuerdos importantes concluidos con Estados extranjeros; definir las escalas de grados militares y diplomáticos y otros sistemas de escalas especiales; instituir las condecoraciones y los títulos honoríficos del Estado y acordar su adjudicación; decidir la amnistía especial; acordar, en el tiempo comprendido entre los períodos de sesiones de la Asamblea Popular Nacional, la declaración del estado de guerra en caso de que el país sea objeto de una agresión armada o se vea en la necesidad de cumplir un tratado internacional en el sentido de hacer frente común a una agresión; decidir la movilización general o parcial en el país; decidir el estado de sitio en todo el país o en alguna provincia, región autónoma o municipio bajo jurisdicción central; y examinar y aprobar, en el tiempo comprendido entre los períodos de sesiones de la Asamblea Popular Nacional, los reajustes parciales del plan de desarrollo económico y social y de los presupuestos del Estado que han de realizarse durante el proceso de ejecución de los mismos.

7. Otras funciones que le delegue la APN. Además de las funciones arriba mencionadas, el Comité Permanente de la APN cumple otras funciones que le delegue ésta, tales como presidir la elección de diputados a la APN, convocar sus sesiones, estar en contacto con los diputados y organizarlos en giras de inspección, y dirigir, en el tiempo comprendido entre los períodos de sesiones de la APN, la labor de las Comisiones Especiales.


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