Puede ingresar en el Comité Nacional del CCPPCh todo partido y
agrupación que exprese acuerdo con sus Estatutos, previa aprobación
hecha mediante consultas por su Comité Permanente. Puede ingresar
también todo individuo que sea invitado, mediante consultas, por el
Comité Permanente del Comité Nacional. La ingreso en los comités
locales es decido por estos últimos de acuerdo con las
disposiciones arriba referidas.
Las entidades e individuos que se incorporan al Comité Nacional y
los comités locales tienen la obligación de observar y cumplir sus
Estatutos.
Los comités locales tienen la obligación de observar y cumplir las
resoluciones de carácter nacional tomadas por el Comité Nacional,
mientras un comité local de nivel inferior debe hacer lo mismo con
respecto a las resoluciones de carácter regional tomadas por el
comité local de nivel superior.
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